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dc.contributor.authorGuadagni, Alieto Aldo
dc.contributor.authorLasanta, Tito Ignacio
dc.contributor.authorÁlvarez, María Cristina
dc.date.accessioned2013-10-01T20:36:32Z
dc.date.available2013-10-01T20:36:32Z
dc.date.issued2013-10-01
dc.identifier.urihttp://repositorio.ub.edu.ar/handle/123456789/1917
dc.description.abstractComencemos por presentar las nuevas disposiciones normativas que fueron establecidas por dos importantes leyes dictadas por el Congreso Nacional en diciembre de 2005 (ley 26.075) y diciembre de 2006 (ley 26.206). La ley 26.075, conocida como Ley de Financiamiento Educativo, en su artículo 2 dispone: El incremento de la inversión en educación, ciencia y tecnología se destinará, prioritariamente, al logro de los siguientes objetivos: a) Incluir en el nivel inicial al cien por ciento (100%) de la población de cinco (5) años de edad y asegurar la incorporación creciente de los niños y niñas de tres (3) y cuatro (4) años, priorizando los sectores sociales más desfavorecidos. b) Garantizar un mínimo de diez (10) años de escolaridad obligatoria para todos los niños, niñas y jóvenes. Asegurar la inclusión de los niños, niñas y jóvenes con necesidades educativas especiales. Lograr que, como mínimo, el treinta por ciento (30%) de los alumnos de educación básica tengan acceso a escuelas de jornada extendida o completa, priorizando los sectores sociales y las zonas geográficas más desfavorecidas.es_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.publisher.EditorUniversidad de Belgrano. Centro de Estudios de la Educación Argentina
dc.relation.ispartofseriesCEA;año 2 - Nº 14 Obctubre 2013
dc.subjectNivel iniciales_ES
dc.subjectMatrículaes_ES
dc.subjectJardines de infanteses_ES
dc.subjectHogares maternaleses_ES
dc.subjectAlumnadoes_ES
dc.subjectStudent body
dc.subjectMaternity homes
dc.subjectKindergartens
dc.subjectTuition
dc.titleUn paso al frente en el nivel iniciales_ES
dc.typeArticlees_ES


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