Poder de policía : poder de policía de emergencia
Abstract
Como punto de partida, podemos indicar que habitualmente el poder de policía es entendido como
la potestad estatal de limitar o restringir derechos. El artículo 14 del texto de la Constitución Nacional
dice que “todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes
que reglamenten su ejercicio”, es decir que el legislador por medio de las leyes puede restringir
legítimamente los derechos de las personas. Entonces nos preguntamos, ¿en qué casos el Estado
puede limitar los derechos? La respuesta es que el Estado sólo puede hacerlo cuando persigue un
interés público o colectivo; es decir, el poder de regulación debe armonizar y equilibrar el interés
individual (derechos) con el interés colectivo (otros derechos). El concepto de poder de policía, debe
pensarse y redefinirse desde el vínculo entre el Estado y las personas.

