Análisis del proyecto de ley del matrimonio homosexual en la Argentina
Abstract
Año tras año los homosexuales han luchado contra la discriminación a la cual consideran han sido sometidos,
reclamando igualdad de derechos y oportunidades ante la ley. La Federación Argentina de Gays,
Lesbianas, Bisexuales y Transexuales está haciendo su campaña bajo el lema: “los mismos derechos,
con los mismos nombres”. Prácticamente todo debate sobre aspectos psicológicos de la homosexualidad
han sido dejados de lado. La Organización Mundial de la Salud a partir del año 1990, a través de un largo
proceso, retiró a la homosexualidad de la lista de enfermedades mentales ya que se consideraba que era
un trastorno de la conducta de los seres humanos. Los Tratados Internacionales eliminaron toda forma de
discriminación, como sucede en la Declaración Universal de Derechpos Humanos del año 1948 que en su
artículo 2 dice: “Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin
distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen
nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición”. A partir de estos cambios,
la comunidad homosexual ha centrado su reclamo en el Derecho Civil buscando libertad e igualdad de
oportunidades ante la sociedad, aunque para gran parte de ella el reconocimiento de estas parejas sea
un tema irracional y controversial.
Uno de los temas más trascendentales para esta comunidad es el derecho a casarse y formar una
familia por lo cual varios países europeos y americanos han dado un gran paso al otorgar la posibilidad
de que las parejas homosexuales puedan contraer nupcias, sea a través de reformas legislativas o por
vía jurisprudencial.
En nuestro país, este tema ha tomado gran significación en la sociedad ante la presentación del
“Proyecto de Ley de Matrimonio Homosexual” realizado por Vilma Lidia Ibarra, Nora Graciela Iturraspe,
Margarita Rosa Stolbizer, María Luisa Storni, Paula Cecila Merchan, Agustin Oscar Rossi, Liliana Beatriz
Parada, Sergo Ariel Basteiro y Jorge Rivas. Precedentemente se habían propuesto cinco proyectos para
reconocer que estas parejas homosexuales contrajeran nupcias ya sea a través de la Unión Civil de
Personas del Mismo Sexo o por medio del Matrimonio Homosexual; uno de estos proyectos había sido
presentado por la Ex Senadora Vilma Ibarra modificando artículos del Código Civil ante la Cámara de
Diputados de la Nación en el año 2008 -registrado como expediente Nro. S-3218/07-.
El objetivo primordial de este trabajo será el de analizar de manera integral y exhaustiva los treinta
y nueve artículos del Proyecto de Ley del Matrimonio Homosexual y su exposición de motivos que fue
presentado ante la Cámara de Diputados de la Nación y que obtuvo el día cuatro de junio del corriente
año, la mayoría necesaria para ser revisado y tratado por la Cámara de Senadores de la Nación.
El proyecto propone la modificación a partir de unos de los artículos más importantes del Código
Civil, el que concierne a “Los Derechos Personales en las Relaciones de Familia” que es el artículo 172,
en el cual, dentro de los requisitos esenciales para la celebración del matrimonio, además del pleno y
libre consentimiento personal expresado ante una autoridad competente, establece el de ser varón y
mujer, el proyecto cambia ambas expresiones por la palabra contrayentes, reconociendo que personas
pertenecientes al mismo género pueden casarse, sin la necesidad de presentar ningún amparo como
ya sucedió en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ante los Juzgado en lo Contencioso Administrativo.
No solo se reflejará las ventajas y desventajas que trae aparejado este proyecto de ley, sino que también
se hará hincapié respecto de artículos que no fueron tratados y que se imponen a la hora de realizar una
modificación tan importante como la que se pretende, pues las parejas homosexuales proclaman por el
reconocimiento de los mismos derechos y obligaciones de las parejas heterosexuales que adquieren al
contraer matrimonio y así poder ser considerados como una familia y no ser apartados de esta Institución
que es la base de toda sociedad y necesaria para el crecimiento y desarrollo de todo país.