Desarrollo Sostenible en el Derecho Argentino
Abstract
Este trabajo tiene como finalidad introducir al lector en la problemática
ambiental de la República Argentina, visto desde la perspectiva nomológica del
país, la cual se halla integrada inescindiblemente al contexto internacional a
través de los diferentes tratados ratificados por nuestra Nación.
Argentina es unas de las principales economías de Latinoamérica, con algo
más de 47 millones de habitantes, y a pesar de contar con amplias extensiones
de territorio sin poblar y de tener diferentes bellezas naturales, nos
encontramos amenazados por múltiples problemas ambientales que se hallan,
muchas veces, relacionados entre sí e inclusos potenciados los unos con los
otros.
A nadie le resultará ajeno escuchar hablar sobre los crecientes problemas que
trae aparejado el calentamiento global, tales como sequías o inundaciones que
afectan, año a año, diferentes zonas de nuestro territorio.
A modo de introducción, me parece importante desarrollar el concepto de
sustentabilidad, ya que, la tesis pivoteará alrededor de esta noción, en su
recepción por parte de nuestro ordenamiento jurídico y en como conviven, en
orden de prelación, con los diferentes instrumentos internacionales.
Hoy en día, la sustentabilidad de la cual tanto se habla y discute, ya sea en
ámbitos públicos como privados, aparece como el pilar fundamental del
desarrollo humano.
El concepto de Desarrollo Sostenible comienza a gestarse en la década del ‘80,
sin embargo, recién en 1987 fue utilizado por primera vez en el informe
denominado “Nuestro Futuro Común” o “informe Brundtland”, en honor a la
Ministro de Ambiente Sueca, quien presidiera la Comisión que a la postre
desarrollara dicho informe.
En el referido documento, el concepto de Desarrollo Sostenible, es definido
como “aquel que garantiza las necesidades del presente, sin comprometer las
posibilidades de las generaciones futuras para satisfacer sus propias
necesidades”, este concepto luego, como ya veremos, se convirtió en una
aspiración internacional.