La Desprotección del Menor por parte del Asesor de Menores
Abstract
En estas páginas, me propongo analizar la principal función del Asesor de Menores que, según el ¨deber ser¨ de la norma, debiera estar orientada para la protección y preservación del "interés superior del niño" en los juicios que formen parte, sea directa o indirectamente.
Por lo que definiré, cuáles son los roles de su competencia, y en particular, qué tipo de
medidas adoptan cuando sus representados, a causa del abandono de sus progenitores, adquieren un estado de completa vulnerabilidad que redunda, por ende, en un innegable estado de desamparo.
Para ello, me resulta trascendente preguntarme, si el Asesor de Menores, por inactividad, indiferencia y/o inidoneidad, coopera en la desprotección de los niños cuando éstos, por mala fortuna, caen en el desabrigo de sus progenitores.
Considero que es necesario, establecer si el Ministerio Público, representado ahora por el Asesor de Menores, realmente actúa en defensa de los derechos de los niños, y en su caso, si su actividad cumple con el espíritu normativo que gobierna su proceder.
Por otro lado, intentaré determinar o definir, la actividad que ejercen los Asesores cuando los niños -sus representados, sufren el menoscabo de sus legítimos derechos y la complementaria función que pudieran y/o debieran ofrecer, otros institutos de protección legislados en la normativa vigente para el resguardo de los menores.
Para ello, corresponde analizar qué otros institutos, tales como el abogado del niño, el tutor ad litem, acompañan o no, en nuestro sistema legal, por la protección del niño cuando es parte de una contienda judicial e implementación en la práctica tribunalicia.
Ante lo expuesto, este será el camino a desentrañar en la siguiente investigación.