La Ley de Emergencia Económica 12.727 y la alícuota aplicable a la comercialización de gas natural por redes con destino distinto a GNC en la Provincia de Buenos Aires : aspectos constitucionales
Abstract
El Poder Legislativo de la provincia de Buenos Aires, sancionó la Ley 12.727,
promulgada por Decreto 1970/01 del 23/07/2001 y Publicada el 23 y 24/07/2001, (B.O. N°
24322, en la que se declaró el estado de emergencia administrativa, económica, y financiera
del Estado Provincial.
Entre otros temas, se previó en dicha ley el incremento en un treinta por ciento (30%)
de las alícuotas previstas en los incisos A), B) y D) del artículo 11 y el artículo 12, ambos de la
Ley 12.576, aplicable a los contribuyentes cuyo monto del impuesto total para el período Fiscal
2000, resulte superior a pesos doscientos mil ($200.000) y, comenzó a regir a partir del anticipo
con vencimiento durante el mes de agosto de 2001 y hasta la finalización del proceso de
reforma y reestructuración del impuesto sobre los Ingresos Brutos, en los términos del “Acuerdo
para el Crecimiento, el Mejoramiento de la Competitividad de la Economía, la Preservación del
Crédito público y el Equilibrio Fiscal”, celebrado con el Gobierno Nacional el 10/04/2001.

