Reorganización de empresas en el Impuesto a las Ganancias
Abstract
La realidad económica nacional actual demuestra, que deberían ser favorecidas las
reorganizaciones de empresas, pues dichas variaciones de activos y pasivos generalmente se
realizan para obtenerse mejores utilidades. Aunque no debe pasarse por alto que una reducida
cantidad de reorganizaciones podrían serían ficticias, por lo que la Administración debe
extremar su análisis cuando son comunicadas al organismo. Este nuevo criterio de la CSJN se
convertiría tal vez en un “leading case” en lo referido a la aplicación en las reorganizaciones de
empresas del principio de informalismo o formalismo moderado y la decisión de inaplicabilidad
de los cuatro apartados del Art. 105 del Decreto Reglamentario para conjuntos económicos.

