El problema de la intervención en defensa de los intereses de la comunidad internacional: mantener la paz y seguridad internacionales
Abstract
Las Naciones Unidas son una asociación de Estados soberanos y como tales, celosos de su soberanía.
Los pequeños Estados temen la intervención de las grandes potencias en sus propios asuntos. El artículo
2.7 de la Carta protege la soberanía nacional incluso de la intervención de las propias Naciones Unidas. Sin
embargo, el capítulo VII de la Carta describe las medidas que debe adoptar la Organización cuando la paz
ha sido quebrantada. Es decir, que incluso la soberanía nacional pude dejarse de lado si obstaculiza la
obligación principal del Consejo de Seguridad de preservar la paz y seguridad internacionales.
Con la evolución del derecho internacional y la toma de conciencia sobre la existencia de conflictos que
amenazan a la paz y seguridad internacionales, se comienza a resaltar que la Carta fue redactada en
nombre de los pueblos, no de los gobiernos de las Naciones Unidas, y que las fronteras de los Estados ya
no deberían ser consideradas como una protección infalible de criminales de guerra ni de asesinos de
masas. La soberanía no puede ser absoluta en un mundo interdependiente, con valores universales crecientemente
compartidos y cuando están vigentes numerosos instrumentos multilaterales en materia de derechos
humanos y de derecho internacional humanitario. A fin de ilustrar el problema de la intervención se
describirán las acciones emprendidas por las Naciones Unidas en Irak, luego de la guerra del Golfo: la
intervención para proteger las poblaciones kurdas así como la imposición de un programa de inspección de
armamentos y el establecimiento de no-fly zones