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dc.contributor.authorLema, Mariano N.
dc.date.accessioned2012-12-14T20:09:41Z
dc.date.available2012-12-14T20:09:41Z
dc.date.issued2012-12-14
dc.identifier.urihttp://repositorio.ub.edu.ar/handle/123456789/1285
dc.description.abstractLa adicción a las drogas es un problema muy común en el mundo en que vivimos. Se da en todas las culturas del planeta y a través de todas las clases sociales, sin distinción de sexo, raza o religión. Los conflictos que trae el uso de las drogas son muchos y diversos. No solo dañan física y psíquicamente a quienes se vuelven dependientes de éstas, sino que también se construyen imperios inmensos alrededor de su producción, distribución y comercialización alrededor del globo. Por ello este tema es de relevancia, ya que resulta necesario que el Estado otorgue una respuesta a las complejas situaciones que genera la drogodependencia. La multiplicidad de factores que convergen en la persona del adicto, sean éstos familiares, económicos, sociales, legales, etc., demandan una respuesta eficaz y oportuna, especialmente en los sectores más desprotegidos, para permitir una equiparación en la accesibilidad a los tratamientos. Tanto la producción, como el tráfico y la demanda han crecido a pasos agigantados en las últimas décadas. Es tal la dimensión que ha alcanzado, que la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico ilícito de Estupefacientes y sustancias Psicotrópicas de 1988 expresó en su preámbulo la profunda preocupación de los Estados parte por la magnitud y la tendencia creciente de la producción, la demanda y el tráfico ilícito, lo cual representa una grave amenaza para la salud y el bienestar de los Seres Humanos y menoscaban las bases económicas, culturales y políticas de la sociedad. La tenencia de estupefacientes para consumo personal ha sido y es un tema largamente debatido, no solo en el ámbito social, sino también en el judicial y en el legislativo en posturas disímiles y antagónicas entre sí. Podemos encontrar la postura que considera que el individuo por el solo hecho de consumir estupefacientes integra una cadena delictiva y es por tanto que el tenedor de tóxicos, aún para consumo personal, como el vendedor de los mismos, son considerados sujetos activos del delito, por ser ambas partes condición necesaria para la venta, tenencia, y consumo de estupefacientes. También encontramos la postura que pregona por la protección constitucional del artículo 19 CN., incluyendo a la conducta mencionada como incluida dentro del ámbito de privacidad exenta de todo juzgamiento judicial por no merecer sanción un accionar que forma parte de la reserva que solamente juzgaría Dios o uno mismo en su autoconciencia, cuando no se afectan derechos de terceros. El considerar que cada caso debe ser analizado específicamente dentro del ámbito de la justicia ha generado ciertos interrogantes, como el de tener que establecer en qué casos el consumir material estupefaciente resultará una conducta reprochable jurídicamente. El presente trabajo se concentrará en analizar el conflicto existente entre dos posturas extremas (criminalización/despenalización), encontrando dos Bienes Jurídicos de igual jerarquía constitucional, la protección del derecho a la salud por un lado, y el derecho a la privacidad de quien decide, en su plan de vida, consumir estupefacientes en forma personal, por el otro.es_ES
dc.description.sponsorshipFacultad de Derecho y Ciencias Sociales Carrera de Abogacía Tutor: Dr. Miguel Ángel Asturias Departamento de Investigaciones Octubre 2012es_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.publisher.EditorUniversidad de Belgrano . Facultad de Derecho y Ciencias Sociales
dc.relation.ispartofseriesTesinas de Belgrano;548
dc.subjectDerechoes_ES
dc.subjectDerecho constitucionales_ES
dc.subjectDerecho penales_ES
dc.subjectCriminal law
dc.subjectConstitutional right
dc.subjectLaw
dc.titleEstupefacientes, un proyecto que pretende conciliares_ES
dc.typeThesises_ES


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