| dc.description.abstract | La legítima defensa constituye una de las causas de justificación más
relevantes previstas por el Derecho Penal argentino, en tanto representa una
excepción al principio general de prohibición de lesionar bienes jurídicos
protegidos por el ordenamiento jurídico. Mediante esta institución, el legislador
reconoce el derecho de toda persona a defender su vida, su integridad física,
su libertad, su patrimonio y otros derechos legítimos frente a una agresión
ilegítima, siempre que concurran las condiciones establecidas por la ley. En
consecuencia, cuando el sujeto actúa dentro de los límites fijados por el artículo
34, inciso 6, del Código Penal de la Nación Argentina, su conducta pierde el
carácter de antijurídica y queda excluida de responsabilidad penal. | es_ES |