dc.description.abstract | El presente trabajo tiene por finalidad indagar en las implicancias que ha tenido, tanto en
la jurisprudencia como en la doctrina, la incorporación del art. 41 bis en el Código Penal
Argentino, que inserta una agravante general, con incidencia directa sobre los tipos penales de
la Parte Especial. El impacto de esta agravante, que fuera incluida en la Parte General del Código
Penal, se ve reflejado en el incremento notable de la pena, la cual se eleva en un tercio de su
mínimo y en su máximo, para los autores y/o partícipes que ejecutaran un delito con el empleo
de armas de fuego con violencia o intimidación contra las personas, siempre que esa
circunstancia no hubiese estado ya prevista como elemento constitutivo o agravante en otro tipo
penal. | es_ES |