dc.description.abstract | En los últimos años, existieron diversos factores externos e internos que hicieron que las
exportaciones de nuestro país aumenten notablemente. Quienes realizan este tipo de
operaciones, con el fin de obtener los productos o servicios que comercializan al exterior,
adquieren en el mercado interno productos provenientes de sujetos que revisten la calidad de
responsables inscriptos ante el Impuesto al Valor Agregado. Todas estas compras realizadas por
los exportadores generan, según el artículo 12° de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, crédito
fiscal, y en tanto se dé cumplimiento a los requisitos establecidos en la Resolución General de
AFIP 5173/2022, y a las normas complementarias, el exportador podrá acceder al recupero del
IVA a través de diferentes modalidades, entre las que podemos destacar: la compensación,
acreditación, transferencia, y devolución. Este beneficio tiene como finalidad otorgar no solo una
posición más ventajosa para la colocación de productos argentinos en el mercado externo,
debido a la “no exportación” de impuestos locales, lo que redunda en una mayor rentabilidad del
exportador al permitir recuperar parte del costo de producción.
En el desarrollo de este trabajo, nos dedicaremos al análisis teórico del procedimiento
de la solicitud del reintegro, teniendo en cuenta la reglamentación vigente en la República
Argentina, así como también la evolución de la jurisprudencia vinculada con el asunto. | es_ES |